SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJE

-TEMPU PARTICULARES-

 

La Seguridad Social no tiene cobertura en todos los países y donde la tiene, no garantiza muchas cosas. Por ello hemos creado la póliza de Asistencia en Viaje, que se ocupa de que cualquier contratiempo inesperado no eche a perder sus vacaciones, cubriendo diferentes medios de transporte y a todas las personas por el período de tiempo que nos indique.


               
Disfrute entre otras ventajas de desplazamiento anticipado por salud grave o fallecimiento de familiar, envío de medicamentos o prolongación
de estancia por prescripción médica, adelanto de fondos por robo o pérdida, asistencia y responsabilidad civil con adelanto de fianzas, etc.

Seguro de Asistencia en Viaje

Cobertura a Personas
• Transporte o repatriación sanitaria por enfermedad o accidente: desplazamiento hasta un centro sanitario adecuadamente equipado o hasta su lugar de residencia habitual en España.
• Repatriación de asegurados acompañantes.
• Asistencia médica por enfermedad o accidente en España: gastos de hospitalización, intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos, enfermería y productos farmacéuticos.
• Asistencia médica por enfermedad o accidente en el Extranjero: gastos de hospitalización, intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos, enfermería y productos farmacéuticos.
• Desplazamiento y alojamiento de acompañante del hospitalizado en caso de enfermedad o accidente: El acompañante debe ser residente en el país o lugar de residencia habitual del asegurado a elección de éste. Se incluye el viaje de ida y vuelta al hospital y alojamiento con un límite máximo establecido en la póliza.
• Prolongación de la estancia por prescripción facultativa, en caso de enfermedad o accidente.
• Transporte o repatriación del asegurado fallecido y desplazamiento de un acompañante (residente en el país o lugar de residencia habitual del asegurado) que acompañe el cuerpo, hasta el lugar de inhumación, cremación o ceremonia funeraria en España.
• Desplazamiento del Asegurado por interrupción del viaje debido al fallecimiento de un familiar en el país de residencia habitual del Asegurado, siempre que no pueda efectuar tal desplazamiento con el medio de transporte propio o contratado para realizar el viaje.
• Desplazamiento del asegurado por interrupción del viaje por hospitalización de un familiar: como mínimo de una noche a consecuencia de accidente o enfermedad grave de un familiar en el país de residencia habitual del asegurado, siempre que no pueda efectuar tal desplazamiento con el medio de transporte propio o contratado para realizar el viaje.
• Envío de medicamentos prescritos por facultativo con carácter urgente, y que no puedan hallarse en el lugar donde se encontrase desplazado ni ser sustituidos por medicamentos de similar composición.
• Transmisión de mensajes urgentes.
• Información sobre visados y vacunas necesarias en caso de desplazamiento del asegurado al extranjero, con una antelación mínima de dos días laborables antes del inicio del viaje.
Adelanto de fondos en caso de robo, pérdida de equipaje, enfermedad o accidente del asegurado desplazado en el extranjero.
Otras Coberturas
COBERTURA POR DEMORAS
• En la salida del medio de transporte público contratado por el asegurado (coche, autobús, tren, barco o avión), con un mínimo de 6 horas para aquellos gastos adicionales (transporte, alojamiento en hotel y manutención) que se produjeran con motivo de la demora.
• Por “Over Booking” (lleno completo) en medio de transporte aéreo superior a 6 horas para sufragar los gastos de primeras necesidades (aquellos que sean imprescindibles mientras el asegurado espera la partida).

COBERTURA DE EQUIPAJES
• Indemnización en caso de pérdida, robo o destrucción total o parcial por el conjunto del equipaje y efectos personales facturados en vuelo durante el transporte realizado por la compañía transportista. Dicha indemnización complementará a la que corresponda al transportista.
• Indemnización en caso de demora superior a 12 horas desde la llegada del vuelo en la entrega del equipaje y efectos personales facturados en vuelo para sufragar los gastos de primera necesidad (aquellos que sean imprescindibles mientras el asegurado espera la llegada del equipaje y efectos personales demorados).
Localización y envío de los equipajes y efectos personales hasta el lugar del viaje previsto o hasta el lugar de residencia habitual del asegurado.

COBERTURA POR GASTOS DE ANULACIÓN
• Reembolso de los gastos que se produzcan a cargo del asegurado por la anulación del viaje contratado y le sean facturados por aplicación de las condiciones generales de venta de su proveedor, siempre que anule el viaje antes del inicio del mismo.

COBERTURA DE ACCIDENTES PERSONALES 24 HORAS
• Fallecimiento accidental del asegurado como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza.
Invalidez permanente según baremo como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza.

COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA
• Gastos de defensa jurídica, indemnizaciones pecuniarias, fianzas, costas y gastos judiciales.

COBERTURA DE ASISTENCIA JURÍDICA
• Gastos de defensa jurídica en procedimientos civiles o penales seguidos contra el asegurado o conductor autorizado por éste, derivados de un accidente de circulación en el extranjero.
Adelanto de fianzas en procedimientos penales seguidos contra el asegurado, o conductor autorizado por éste, derivados de un accidente de circulación en el extranjero:
• Fianzas pecuniarias que los tribunales extranjeros exijan para garantizar el pago de las costas y gastos judiciales.
• Fianzas de libertad provisional que los tribunales extranjeros exijan.

Preguntas Frecuentes - Póliza
¿CUÁNTO CUESTA UN SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJE?
Los precios varían dependiendo del tipo garantías y capitales en cada póliza, de la duración del viaje, del destino, la edad y del número de personas que viajan, etc.

¿QUÉ FACILIDADES LE OFRECEMOS EN NUESTRAS OFERTAS DE SEGUROS DE VIAJE?
Las entidades aseguradoras le ofrecen entre otros servicios, un sólo número de teléfono para sus viajes por España o por el Extranjero, dándole asistencia telefónica las 24 horas del días, los 365 días del año; poner a su disposición más de 200.000 profesionales en 200 países. Le ofrecen una red capaz de prestar una asistencia cada 5 segundos en todo el mundo. Dispondrá de los mejores equipos médicos de urgencia, con materiales sanitarios de última generación.

¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES COBERTURAS DE LAS PÓLIZAS DE SEGUROS DE ASISTENCIA EN VIAJE?
• Gastos médicos.
• Regreso anticipado, vuelta y desplazamiento de acompañantes.
• Envío de medicamentos, documentos y objetos personales.
• Asistencia por pérdida, daño, robo y demora de equipaje.
• Reembolso de gastos de anulación de viaje no iniciado.
• Responsabilidad civil.
• Gestión completa de equipajes perdidos, deteriorados o demorados.
• Asistencia a vehículos: reparación de urgencia, recuperación del vehículo, traslado de los asegurados, alojamiento…

EN CASO DE REPATRIACIÓN MÉDICA
Cuando está en el extranjero, organizar una repatriación puede convertirse en un auténtico calvario, además de su elevado coste (de 6 a 15 veces superior que el precio de un viaje normal), la incomprensión de la lengua, la escasez de medios o el desconocimiento del entorno, convierten una repatriación en una tarea muy complicada. Gracias a la experiencia y la alta cualificación de los miembros de las Entidades Aseguradoras con las que colaboramos, se encontrará respaldado en todo momento.
Con los seguros de asistencia en viaje que le ofrecemos, no hay límites de gastos para la repatriación, se comprometen a realizar todas las gestiones necesarias junto a un seguimiento médico las 24 horas del día.

¿CUÁNDO PUEDO CONTRATAR MI SEGURO?
• Para las garantías de Anulación: en el momento de la reserva y compra de su viaje.
• Para las coberturas de Asistencia en Viaje: al menos con 24 horas antes de la partida.
• Si ya ha partido de viaje: no puede contratarlo.

¿CÓMO PROCEDER SI VIAJO DURANTE MÁS DE TRES MESES?
Si viaja durante más de tres meses, nosotros ofrecemos contratos adaptados a su situación. Si viaja alrededor del mundo o para una estancia prolongada, le proponemos nuestras soluciones de Seguro.

¿PUEDO COMPRAR UN SEGURO DE VIAJE DE UNA ENTIDAD ASEGURADORA SI NO SOY RESIDENTE ESPAÑOL?
Sólo puede contratar el seguro si reside en España, salvo aceptación expresa de la propia entidad aseguradora.

¿IMPORTA CON QUIÉN CONTRATO LOS PREPARATIVOS DE MI VIAJE?
El Seguro de Asistencia en Viaje puede ser comprado de forma independiente, por lo que carece de importancia con quien se contrate el viaje.

¿SE PUEDE APLAZAR O MODIFICAR LAS FECHAS DE UN CONTRATO?
Es posible cambiar sus fechas de contrato mientras este último no haya tenido efecto. Para ello tendrá que ponerse en contacto con nuestras oficinas o con la propia entidad aseguradora e indicar las nuevas fechas.

¿CUÁNDO TOMAN EFECTO LAS COBERTURAS DE ANULACIÓN Y ASISTENCIA?
La cobertura de anulación tomará efecto pasadas 24 horas desde la fecha de emisión de la póliza, fecha que en todo caso ha de coincidir con la fecha de confirmación de la reserva del viaje contratado, y cesará el día del comienzo del viaje de ida, siempre que se haya realizado el abono de la prima.
Las demás garantías tomarán efecto, una vez pagada la prima, desde el momento de salida del viaje fijado en las condiciones particulares, hasta el día indicado en las condiciones particulares como fecha de finalización del mismo.

¿CUÁL ES EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL SEGURO?
-Las coberturas garantizadas en la póliza serán válidas en el destino señalado en las condiciones particulares.
-Las garantías de asistencia, normalmente y salvo la aceptación expresa por la propia entidad aseguradora, serán válidas únicamente, a más de 30 Km. del domicilio del asegurado, 15 Km. en las Islas Canarias e Islas Baleares.
-La garantía de equipajes no será de aplicación en el lugar de residencia principal o secundaria del asegurado.

¿PUEDO CONTRATAR UN SEGURO PARA VIAJAR A UN PAÍS EN CONFLICTO?
Los siniestros ocurridos en caso de guerra, declarada o no, motines, movimientos populares o de similar naturaleza, salvo que el asegurado haya sido sorprendido por el inicio del conflicto en el extranjero (en este caso las garantías cesarían a los 14 días de iniciado el conflicto), suelen estar excluidos en las pólizas de las entidades aseguradoras de asistencia en viaje. Puedes contratar estos seguros por mediación de Tempu, nuestro personal le asesorara en todo lo necesario, pero en caso de contratar el seguro de asistencia, es posible que no pueda hacer uso de todas las coberturas del mismo.

¿CÓMO PUEDO SABER SI ESE PAÍS SE CONSIDERA PAÍS EN CONFLICTO?
Puede consultar el listado de países considerados en conflicto.

Preguntas Frecuentes - Asistencia Médica
¿QUÉ DEBO HACER EN CASO DE TENER UN PROBLEMA MÉDICO EN MI LUGAR DE DESTINO?
Debe ponerse en contacto con la propia entidad aseguradora de Asistencia en Viaje, bien en persona o a través de un tercero, en cuanto su situación le haga sospechar de la necesidad de realizar gastos incluidos en nuestras coberturas, para una eventual repatriación. Igualmente debe comunicar su número de contrato o póliza, dónde se encuentra, un teléfono de contacto y qué tipo de asistencia médica solicita. Para su tranquilidad, desde el extranjero puede realizar llamadas a cobro revertido a los teléfonos de la entidad aseguradora, disponibles estos servicios las 24 horas del día y los 365 días del año.

¿DEBO PAGAR LOS GASTOS MÉDICOS EN EL MOMENTO DE UNA CONSULTA MÉDICA EN EL EXTRANJERO?
La Entidad Aseguradora presentaría una garantía de pago por sus asegurados en cualquier parte del mundo. Con el objetivo de evitar el desembolso por parte del asegurado de grandes sumas de dinero por asistencias médicas, activaría a sus filiales y corresponsales de la entidad aseguradora para que el pago de los mismos se haga efectivo en el momento solicitado.
Si el hospital no aceptara la garantía de pago y exigiera al asegurado el pago de la factura, la propia entidad aseguradora procederá al reembolso de los mismos con solo presentar las facturas.

MI ESTADO DE SALUD NECESITA DE UNA REPATRIACIÓN, ¿CÓMO SE ORGANIZA EL RETORNO?
La Entidad Aseguradora de asistencia en viaje que se tenga contratada, organiza y se responsabiliza del retorno a su domicilio o a su hospital de referencia. Con la información médica que nos facilita el médico, su equipo médico valora cuándo y cómo debe ser repatriado, garantizando en todo momento la seguridad e integridad del paciente, es decir, el equipo de expertos de la entidad aseguradora, valoraría si existe la estabilidad necesaria para poder volver a España con todas las garantías médicas, e igualmente valora cuál es el medio de transporte más idóneo, así como las combinaciones hasta su domicilio u hospital de referencia.

¿QUIÉN TOMA LA DECISIÓN DE REPATRIAR?
Los expertos de la entidad aseguradora en regulación médica, son quienes gracias a su dilatada experiencia deciden cuándo y cuál es el medio de repatriación más idóneo para cada caso, primando la salud del paciente.

LOS MEDICAMENTOS QUE NECESITO NO SE PUEDEN ENCONTRAR EN EL LUGAR DE DESTINO, ¿SE ME PUEDEN HACER LLEGAR?
La entidad aseguradora de asistencia en viaje, podrá enviar medicamentos a cualquier parte del mundo, atendiendo a los reglamentos sanitarios o aduanas nacionales o internacionales. Si carecieses de receta médica, le gestionarían una consulta para la prescripción del equivalente local.

¿EN QUÉ CASO PUEDO UTILIZAR LA GARANTÍA DE RETORNO ANTICIPADO?
En la medida en que los medios iniciales previstos para su retorno a España no puedan ser utilizados, normalmente en caso de fallecimiento, enfermedad o accidente grave que comprometa el pronóstico vital de un miembro de su familia cercana.
Para mayor precisión consulte con el personal de Tempu Correduría de Seguros o consulte las condiciones particulares o generales del contrato de seguro.

¿QUÉ OCURRE EN CASO DE FALLECIMIENTO DE UNA PERSONA ASEGURADA?
Debe informar lo antes posible a la entidad aseguradora, para que organicen el transporte del cuerpo desde el lugar de suceso hasta el de inhumación.

Condiciones
Los términos e información expresados en esta página sobre las coberturas y Garantías están supeditados a las condiciones generales y especiales de aplicación en cada entidad aseguradora que se pueda elegir, así como a la modalidad de seguro que se contratase.